Nueva opción migratoria para ciudadanos ecuatorianos
- CLD Legal

- hace 3 días
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Desde el 1 de septiembre de 2026, Panamá amplió el alcance de la categoría migratoria de Países Amigos al incorporar a Ecuador al listado de nacionalidades elegibles, mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026. Con este cambio, los nacionales ecuatorianos pueden acogerse por primera vez a un régimen de residencia vigente en Panamá desde 2012, que contempla distintas formas de acreditar un vínculo profesional o económico con el país.
Para profesionales, empresarios, inversionistas y familias ecuatorianas que estén considerando establecerse en Panamá, Países Amigos suma una alternativa que puede estructurarse mediante una relación laboral, una inversión inmobiliaria o un depósito bancario a plazo fijo. El proceso contempla inicialmente una residencia provisional por dos años y, posteriormente, la posibilidad de solicitar la residencia permanente, sujeto al cumplimiento de los requisitos aplicables.
Formas de aplicar
La regulación contempla tres formas principales de acreditar el vínculo requerido con Panamá:
Alternativa | ¿Cómo funciona? |
Relación laboral | La solicitud puede sustentarse en una relación laboral con una empresa legalmente establecida en Panamá. Esta vía debe coordinarse con el permiso de trabajo que corresponda de acuerdo con la actividad y situación del solicitante. |
Inversión inmobiliaria | Puede acreditarse mediante una inversión mínima de US$200,000.00 en bienes inmuebles en Panamá. La regulación permite que la adquisición sea financiada a través de una entidad bancaria local, sujeto al cumplimiento de las condiciones aplicables. |
Depósito a plazo fijo | Otra alternativa es mantener un depósito de al menos US$200,000.00 en un banco de licencia general en Panamá, libre de gravámenes y por el período establecido en la regulación. |
Estas alternativas permiten que la categoría pueda ser considerada desde distintos escenarios. Una persona que llega a Panamá por razones laborales tendrá necesidades diferentes a las de un inversionista que busca adquirir un inmueble o a las de una familia que desea establecer una nueva base de residencia. Por ello, antes de iniciar el proceso resulta importante evaluar no solamente el cumplimiento de los requisitos migratorios, sino también cuál de las modalidades se corresponde mejor con los planes de establecimiento del solicitante.
De la residencia provisional a la permanente
Países Amigos contempla un proceso en dos etapas. Inicialmente se concede una residencia provisional por dos años, período durante el cual deben mantenerse las condiciones que dieron fundamento a la solicitud. Una vez cumplida esta etapa, el residente puede solicitar la residencia permanente, presentando nuevamente la documentación y acreditaciones que correspondan.
Esta estructura es relevante para ciudadanos ecuatorianos que estén considerando Panamá con una perspectiva de mediano o largo plazo, ya que permite planificar el proceso desde su etapa inicial teniendo presente la posibilidad de avanzar posteriormente hacia una residencia permanente. La modalidad utilizada para aplicar (ya sea laboral, inmobiliaria o bancaria) también tendrá incidencia en la documentación y condiciones que deberán mantenerse durante el proceso.
Dependientes
La categoría también contempla la posibilidad de incorporar determinados familiares como dependientes, sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas por la normativa y a la presentación de la documentación correspondiente. Esto permite que Países Amigos pueda formar parte de una planificación familiar de establecimiento en Panamá y no necesariamente de una decisión migratoria limitada al solicitante principal.
Para familias ecuatorianas que contemplan una reubicación conjunta, este componente debe analizarse desde el inicio, ya que la composición del grupo familiar, las edades de los dependientes y la documentación emitida en Ecuador tendrán incidencia en la preparación de la solicitud. Una planificación anticipada también permite coordinar adecuadamente la obtención, apostilla y vigencia de los documentos que deberán presentarse en Panamá.
Residencia y permiso de trabajo
Uno de los aspectos que debe considerarse especialmente cuando el traslado tiene un componente profesional es que residencia migratoria y permiso de trabajo son procesos distintos. Obtener residencia bajo Países Amigos no sustituye la autorización laboral que corresponda tramitar ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, ni habilita automáticamente al extranjero para ejercer profesiones cuyo ejercicio se encuentre regulado por leyes especiales en Panamá.
Por esta razón, cuando el objetivo principal sea trabajar en Panamá, especialmente en actividades sujetas a restricciones laborales o profesiones reguladas, es importante evaluar desde el inicio si Países Amigos es la categoría adecuada o si otra opción migratoria y de permiso de trabajo se ajusta mejor al perfil y a la actividad que desarrollará el solicitante. La estructura migratoria adecuada dependerá no solamente de la posibilidad de obtener residencia, sino también de la actividad que proyecte realizar en el país y de las autorizaciones que puedan resultar necesarias.
En CLD Legal asesoramos a personas, familias, empresarios e inversionistas en la evaluación de las alternativas migratorias disponibles y en la estructuración de sus procesos de establecimiento en Panamá. Si usted es ciudadano ecuatoriano y está considerando trasladarse a Panamá, nuestro equipo puede ayudarle a determinar si Países Amigos corresponde a sus planes y acompañarle en la coordinación de los aspectos migratorios, laborales y de inversión que resulten aplicables.
Contáctenos: info@cldlegal.com





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