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Resumen Forma

CLD Insights

¿Tiene Sociedad o Fundación Panameña con operación en el extranjero?

¿Tiene Sociedades y/o Fundaciones de Interés Privado constituidas en Panamá y operan fuera del país o se dedican exclusivamente a ser tenedores de activos, dentro o fuera de territorio panameño?


Si respondió sí a cualquiera de estas condiciones, le informamos que mediante Resolución 201-1754 de marzo 2024, la Dirección General de Ingresos ha extendido el término para que los Agentes Residentes presenten una Declaración Jurada sobre la recepción o no de los registros contables correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023, hasta el 31 de agosto de 2024.

Es importante enviar copia de los registros contables con al menos un mes antes de la fecha antes mencionada, pues de no cumplir con este requerimiento obligatorio por ley, su Sociedad o Fundación puede ser:


  • Sancionado con multa de US$5mil hasta US$1millón dependiendo de la gravedad de la falta, reincidencia o la magnitud del daño.

  • Suspendido los derechos corporativos en el Registro Público, impidiéndole así que pueda inscribir cualquier tipo de acto, documento, acuerdos, u obtener certificaciones relativas.

  • La multa para levantar la suspensión es de USD1,000.00

Para asistencia inmediata, puede ponerse en contacto con nosotros a través de los siguientes métodos: info@cldlegal.com o al +507 263-1042

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